Ordenan a Bullrich que no haya filmaciones ni requisas durante la marcha

En el marco del paro nacional convocado por la CGT, el juez federal Ernesto Kreplak ordenó al Ministerio de Seguridad de la Nación que no filme personas en la vía pública ni realice requisas en los transportes públicos dentro de su jurisdicción.

El juez federal de La Plata, Ernesto Kreplak, hizo lugar a la acción de habeas corpus preventivo y ordenó a las autoridades del Ministerio de Seguridad de la Nación a que “se abstenga de expedir órdenes a las fuerzas de seguridad que impliquen que este miércoles 24 (de enero)”, cuando se desarrollará el paro y la movilización contra la política del gobierno convocados por la CGT, “se filme y/o intercepte a personas en la vía pública -particularmente a bordo de transportes públicos o en los accesos a las unidades de trenes-, con el fin de identificarlas y/o revisarlas sin orden judicial previa”.

La resolución se dio ante un planteo realizado por un grupo de personas que integran distintos espacios de militancia medioambiental, patrocinadas por el abogado Fernando Cabaleiro, que acompañaron su presentación con imágenes de lo ocurrido en manifestaciones a fines de diciembre, cuando el Ministerio ya estaba bajo las órdenes de Patricia Bullrich.

“Asimismo, se requerirá a dicho Ministerio que se instruya específicamente a las fuerzas de seguridad bajo su órbita, para que, en todo caso en se consideren configuradas las circunstancias previstas por el art. 230 biz, y en consecuencia el personal policial lleve a cabo requisas sin orden judicial previa, se labre el acta pertinente para el posterior control jurisdiccional, en cumplimiento de las previsiones legales vigentes”, resolvió el magistrado.

Al respecto, el Ministerio de Seguridad argumentó que el “pedido del juez Ernesto Kreplak ha sido solo para el ámbito de la localidad bonaerense de La Plata, lo cual no afecta a otras jurisdicciones del país”. De modo que, en la zona de La Plata, Berisso, Ensenada y otros distritos bonaerenses, el Poder Judicial puso un freno a las pretensiones represivas del gobierno de Javier Milei con respecto a la protesta social.

El juez aseguró: “Los accionantes indicaron que el riesgo de que se vean afectados sus derechos encuentra fundamento en que ya fueron víctimas de filmaciones y/o requisas realizadas por «Fuerzas de Seguridad Federales» sin que existiera motivo alguno ni orden judicial, con motivo de participar el pasado 20/12/23 y 23/12/23, en distintas marchas y convocatorias, cuando se dirigieron en transportes públicos desde las localidades en que residen en la provincia de Buenos Aires hacia C.A.B.A.”.
Por último, el Kreplak declaró que el planteo de inconstitucionalidad y nulidad realizado por los accionantes “respecto a los articulados de la Resolución Administrativa N°943/2023 del Ministerio de Seguridad de la Nación”, también conocido como el protocolo antipiquete, es “improcedente”.