La Justicia Federal dejó sin efecto la cautelar de clases presenciales en la Ciudad de Buenos Aires

El juez Esteban Furnari a cargo del Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 2, aceptó este martes parcialmente el pedido del Estado Nacional para que tome intervención en las causas contra el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 215 que dispuso las medidas sanitarias, y dejó sin efecto la medida cautelar de la Cámara de Apelaciones porteña que ordenó el regreso de las clases presenciales

«Admitir parcialmente la inhibitoria planteada por el ESTADO NACIONAL – JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y, en consecuencia, con relación a las causas 108081/2021-0, 108437/2021-0 y 108441/2021-0 y sus incidentes, declarar la incompetencia del fuero en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de las Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires, y disponer su remisión a la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN por la vía originaria, haciéndose saber a la Sala IV de la Cámara de Apelaciones y al Juzgado nº 1 de aquel fuero -según corresponda- que deberán instrumentar la remisión ordenada», detalla el falllo del magistrado dado a conocer en horas de la tarde.

La resolución tuvo lugar a partir de la intervención de la Procuración del Tesoro de la Nación (PNT), a cargo de Carlos Zannini, quien presentó este lunes un planteo para que se declare la inhibitoria de la Justicia porteña y su invalidez.

“Se solicita el levantamiento de dicha medida, por mediar nulidad por falta de competencia, a más de no encontrarse reunidos los requisitos para su dictado y ser la Resolución, un acto de suma gravedad institucional que pone en riesgo la salud general”, apuntó la presentación del Estado nacional. “Se deja denunciada la gravedad institucional y el escándalo jurídico que las presentes actuaciones significan, atento a que, ello implica la suspensión en una jurisdicción local de normas de naturaleza federal, inaudita parte, afectando el poder de policía sanitaria en el marco de una emergencia sanitaria internacional”, continuó.