La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia de España anunció multas por un total de 32,4 millones de euros para la empresa y otras cuatro petroleras.
La mayor sanción es para Repsol, que deberá pagar 20 millones de euros, mientras Cepsa (Compañía Española de Petróleos S.A.U) fue sancionada con 10 millones de euros, según un comunicado publicado por la CNMC.
El resto de compañías tendrán que pagar multas menores: la petrolera canaria Disa fue sancionada con 1,3 millones de euros, la filial española de Galp con 800.000 euros, y Meroil con 300.000 euros.
De acuerdo con la CNMC, quedó acreditado que las compañías cometieron infracciones al artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, así como del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), que se refieren a prácticas prohibidas de coordinación de precios, intercambio de información y pactos de no agresión.
En el comunicado se enumeran cada una de las infracciones cometidas: en primer lugar, un acuerdo entre Cepsa y Repsol para la coordinación en las Estaciones de Servicio de Brea de Aragón e Illueca, en la provincia de Zaragoza, en julio de 2013; un pacto de no agresión entre estas mismas dos compañías en julio-agosto de 2011 en relación con las acciones de injerencia de cada una de ellas en las estaciones abanderadas por la otra; y varios intercambios de información estratégica durante 2011, 2012 y 2013 en relación a aquellas estaciones de servicio que son gestionadas por una de ellas y se encuentran abanderadas y suministradas en exclusiva por la otra operadora.
En segundo lugar, un pacto de no agresión en precios entre Cepsa y Disa entre julio y septiembre de 2011 y acuerdo entre ambas compañías en relación a los precios a aplicar en Ceuta en julio de 2013.
En tercer lugar, diversos intercambios de información entre Disa y Meroil en 2012 en relación a los precios aplicados en las estaciones de servicio del entorno de Sant Joan Despí (provincia de Barcelona) y en 2013 en relación a sus márgenes operativos.
Y finalmente, un intercambio de información entre Galp y Meroil relativo a un contrato de suministro y abanderamiento en mayo de 2013.
La resolución corresponde a un expediente abierto el 29 de julio de 2013, y que por la naturaleza de las conductas investigadas fue dividido en dos.
La CNMC recordeó a las compañías petroleras que no cabe recurso por vía administrativa ante la sanción, aunque tiene dos meses para apelar ante lo contencioso-administrativo.