La medida del juez platense dejó «sin efecto todas las medidas adoptadas por la intervención (de AFSCA) y/o el Poder Ejecutivo».
El juez en lo Contencioso Administrativo de La Plata, Luis Arias, dejó «sin efecto todas las medidas adoptadas por la intervención (de AFSCA) y/o el Poder Ejecutivo», según se dio a conocer más temprano.
En declaraciones a Radio Del Plata, el juez Arias, consultado sobre si el gobierno de Mauricio Macri entraría en “desobediencia a la ley” en caso de igualmente publicar mañana el DNU de iniciación anunciado hoy, señaló que “así es» y que dicho acto tendría una «consecuente responsabilidad penal que prevé el artículo 239 del Código Penal. Es decir, dejaría de ser esto una violación a la Constitución y pasaría a cometer directamente un delito”.
Respecto a la medida precautelar que dictó, el magistrado explicó que “como la legislación nos permite adoptar medidas preventivas frente a una violación fragante del orden jurídico como la que se da verdaderamente con estos decretos, hemos decidido evitar el agravamiento del daño ordenando a la intervención del AFSCA como al Poder Ejecutivo que no se adopten medidas que impliquen un cercenamiento de derechos o bien el otorgamiento de derecho que luego sean difíciles de remover en caso de una sentencia definitiva, como no dudo que va haber anulando estos decretos”.
En este sentido, agregó que “si bien la intervención sigue vigente y la medida precautelar no implica la reposición de las autoridades desplazadas del AFSCA, si implica que no se puedan remover funcionarios ni empleados, ni se pueda realizar la fusión de las entidades vinculadas a la comunicación que se anunció a través de la creación del Ente Nacional de Comunicaciones que se dio a conocer esta mañana”.
Además, Arias hizo referencia a la utilización desmedida de Decretos de Necesidad y Urgencia que está haciendo el gobierno de Mauricio Macri. “Tienen que ser casos de graves catástrofes. Ya la corte se ha expedido en reiteradas oportunidades al respecto. Que el Congreso este cerrado no significa una situación de urgencia. Entonces no hay razón para modificar una ley a través de un decreto. Esto es una violación flagrante a la Constitución”, remarcó.
Y agregó: “Frente a una amenaza de lesión y de la responsabilidad internacional del Estado conforme a las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y de la Corte Europea de Derechos Humanos que nosotros citamos en nuestro fallo creo que hay una situación de un daño inminente que hay que tratar de mitigar”.