Tras los anuncios del ministro de Economía, Luis Caputo, en torno a lo que planea el Gobierno para robustecer la circulación de dólares entre la población, el Ejecutivo lanzó un decreto que oficializa las modificaciones implementadas.
Tras los anuncios del ministro de Economía, Luis Caputo, en torno a lo que planea el Gobierno para robustecer la circulación de dólares entre la población, el Ejecutivo lanzó un decreto que oficializa las modificaciones implementadas.
Por medio del Decreto 353/2025 publicado este viernes en el Boletín Oficial, el Gobierno de Javier Milei legitimó el paquete de medidas cuyo objetivo es aliviar la carga tributaria de los dólares sin declarar, para que las personas comiencen a utilizarlo en operaciones cotidianas, y caminar gradualmente hacia una «remonetización», según explicó el titular de la cartera económica, Luis Caputo.
En el documento, se dispone la «simplicación y desregulación de todos los trámites involucrados en la inversión y adquisición de bienes». En esa línea, Caputo sostuvo en conferencia que el nuevo régimen apunta a «dejar de pensar que quienes se tuvieron que refugiar en el mercado informal son delincuentes» para «devolverle la libertad de sus ahorros».
Además, para combatir «la asfixia fiscal» que para el Gobierno es producto «de una elevada carga tributaria sobre el sector formal de la economía», se habilitó un «Sistema de Finanzas Abiertas para que las personas humanas y jurídicas, a través de su consentimiento expreso, compartan la información que consideren pertinente con las entidades que forman parte del sistema financiero» inscriptos en el Banco Central.
Asimismo, dispuso una «modalidad simplificada y opcional de declaración del Impuesto a las Ganancias de las personas humanas y sucesiones indivisas residentes».
Uno de los anuncios más relevantes fue la eliminación de la obligación de informar compras personales realizadas con tarjetas de crédito, débito o billeteras virtuales. Esta disposición apunta a normalizar el uso de medios electrónicos para consumos individuales, sin que esas operaciones sean objeto de seguimiento fiscal. También se determinó que los escribanos ya no deberán reportar actos notariales, como parte de un proceso de desregulación que busca agilizar los movimientos vinculados al mercado inmobiliario y sucesiones.
En línea con esa lógica, tampoco se exigirá que compradores ni agentes inmobiliarios reporten la compra-venta de propiedades. A su vez, los proveedores de servicios públicos quedarán exentos de informar a ARCA sobre los pagos recibidos. Lo mismo ocurre con la compraventa de vehículos usados y el régimen de pago de expensas, actividades que hasta ahora estaban alcanzadas por controles específicos.
Con respecto a los umbrales para transferencias, extracciones y saldos, también hubo actualizaciones importantes. Las personas físicas podrán hacer transferencias o recibir acreditaciones de hasta $50 millones sin declarar, mientras que para las personas jurídicas el límite será de $30 millones. Las extracciones en efectivo, tanto para individuos como empresas, podrán alcanzar los $10 millones sin obligación de informar, y los saldos bancarios sin declarar se permitirán hasta los $50 millones.
Asimismo, el Ejecutivo también elevó los montos para compras como consumidor final: ahora se podrán hacer adquisiciones de hasta $10 millones sin que se requiera detallar el origen de los fondos.
En cuanto a las tenencias en alícuotas, se establecieron topes de $100 millones para personas físicas y $30 millones para jurídicas. Según el Gobierno, estas medidas forman parte de una estrategia de desregulación y confianza en los contribuyentes, con el objetivo de incentivar la transparencia, la bancarización y la circulación legal de divisas en la economía formal.